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De los propietarios adquirientes de parcelas
Derechos y obligaciones

Derechos

1.- Ejercer sus facultades dominicales sobre las parcelas de propiedad privada, sin más limitación que las establecidas en las leyes y en el planeamiento vigente.

2.- Usar y disfrutar de las instalaciones y servicios comunes, previo cumplimiento de los requisitos y formalidades que se establezcan en las normas de régimen interior de la Entidad.

3.- Utilizar los servicios urbanísticos del polígono, satisfaciendo la cuota correspondiente.

4.- Asistir a las reuniones de la Asamblea General, e intervenir en la adopción de acuerdos con voto proporcional al coeficiente de participación asignado a las parcelas respectivas.

5.- Intervenir como electores o candidatos en la designación de los miembros y cargos de la Junta de Gobierno.

6.- Formular a los órganos rectores cuantas propuestas consideren convenientes para el mejor cumplimiento del objeto y finalidad de la Entidad.

7.- Ser informados puntualmente de los acuerdos adoptados por los Órganos de Gobierno y Administración, así como de cuantas actividades afecten a la Entidad.

8.- Solicitar y obtener el necesario asesoramiento y ayuda en cuantos problemas tengan relación en su condición de miembros, y guarden consonancia con el objeto y fines de la Entidad.

9.- Recurrir contra los acuerdos adoptados por los órganos rectores, con arreglo a lo dispuesto en la Sección 2ª del Título VII de los Estatutos.

10.- Examinar los libros de contabilidad, actas y demás documentos de la Entidad, en los términos determinados en los Estatutos.

11.- Los demás que resulten de los Estatutos y de la legislación urbanística vigentes.

Obligaciones

1.- Cumplir los Estatutos, los reglamentos aprobados por la Asamblea General para el uso y disfrute de las instalaciones y servicios comunes, y los demás acuerdos válidamente adoptados por los órganos rectores de la Entidad, en el ámbito de sus respectivas competencias.

2.- Pagar, dentro de los plazos establecidos, las cuotas y derramas que con carácter ordinario o extraordinario reestablezcan por la Asamblea General con los condicionamientos y requisitos preceptuados en los presentes Estatutos.

3.- Comunicar a la Entidad las transmisiones de las parcelas, subrogando al adquiriente en los derechos y obligaciones frente a la misma, incluso en los ya vencidos y no satisfechos.

4.- Someterse a la inspección de los órganos rectores en cuanto pueda afectar al cumplimiento de los fines de la Entidad.

5.- Someter a la Junta de Gobierno, a título de laudo arbitral, las diferencias surgidas con otros miembros de la Entidad ene. Uso y aprovechamiento de los elementos propios o comunes.

6.- Reparar a su cargo y por su cuenta aquellos desperfectos o alteraciones que directa o indirectamente se hubieran producido por su causa en las zonas de uso común sometidas al cuidado y vigilancia de la Entidad.

7.- Comunicar a la Secretaría de la Junta de Gobierno un domicilio a efectos de notificaciones, así como cualquier variación que se produzca en el mismo, y en el supuesto de transmisión de la propiedad notificarán dentro del plazo de los quince días siguientes, el nombre, apellidos y domicilio del adquiriente.


POLÍGONO EL NEVERO parcela H-11 Apartado 20051 Badajoz.